NAPO Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Estoy totalmente de acuerdo con lo que dice el Director General.... no puede ser que la gente vaya borracha o a 200 poniendo en riesgo la vida de los demas. EFE MADRID.- El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha pedido la reforma del Código Penal en materia de delitos contra la seguridad vial y ha propuesto límites concretos a partir de los cuales se considere delito conducir con determinadas tasas de alcohol, excesiva velocidad y circular sin permiso. En su comparecencia ante la Comisión de Seguridad Vial del Congreso, el director de Tráfico propuso que se considere delito el conducir con un gramo de alcohol por litro de sangre, es decir con el doble del límite reglamentariamente permitido. Propuso también que se considere delito cuando se exceda en 60 kilómetros por hora el límite de velocidad reglamentariamente permitido, y que tenga asimismo consideración penal el que los conductores circulen, a pesar de haberse quedado sin los puntos del nuevo carné, que entrará en vigor en julio. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
alfc Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Vale, pero también conducir sin seguro, que es más fácil de comprobar y no lo hacen, bastaría con cruzar archivos entre las aseguradoras y la dgt Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
David Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Aunque me echen a los lobos me parece una propuesta cojonuda, a ver si por las malas la gente va entrando en razón. De todas formas esas cosas ya se aplican hoy en día por jurisprudencia, pero mejor que estén recogidas en el C.P. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
LUISON Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 De acuerdo, pero faltan cosas como cambiar de carril sin mirar por los retrovisores, ir a una velocidad anormalmente reducida,... y sobre todo considerar delincuentes a los altos cargos que permiten que las carreteras tengan socabones, señales incongruentes, peraltes al reves, etc... porque estos motivos tambien causan accidentes y muertes aunque nunca salgan en las estadísticas... Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Jamergo Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Me parece muy bien lo que dice el director de la D.G.T.... Pero me gustaría que siguiesemos acordándonos de los jodidos puntos negros.Entre murcia y alicante tiene para elegir. Saludos Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Axel F. Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 De acuerdo con lo del alcohol, pero sobre la velocidad no: Cualquier imprudencia sería también delito, como acelerar estando un semáforo en ámbar, y como dice Luison, los primeros a la cárcel ellos por tener las infraestructuras como están. Demagogia y cuento chino. ¿a 200 con circulación o sin ella? ¿a 200 en una recta eterna, de día y sin circulación? las mismas chorrrrrrrrrrrrrrrrradas de siempre del subnormal del Pere. ¿y ellos no son culpables con sus coches oficiales? Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
David Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 De acuerdo, pero faltan cosas como cambiar de carril sin mirar por los retrovisores, ir a una velocidad anormalmente reducida,... y sobre todo considerar delincuentes a los altos cargos que permiten que las carreteras tengan socabones, señales incongruentes, peraltes al reves, etc... porque estos motivos tambien causan accidentes y muertes aunque nunca salgan en las estadísticas... Eso es ya ser más papista que el Papa, con esa regla de tres también serían delincuentes los vendedores de coches que me proporcionan un instrumento con el que puedo matarme, y también los vendedores de cuchillos.... y el que inventó los bordillos de las aceras, porque siempre puedo tropezar y abrirme la cabeza.Muy mal por los políticos y altos cargos que no prestan más atención a la conservación de las carreteras porque están haciendo una dejación de sus obligaciones, pero en último lugar la responsabilidad y el presunto delincuente es el que pese a que hay socabones y curvas mal peraltadas sigue haciendo el cafre por ahí pensando que está en Indianapolis. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Axel F. Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Mientras no haya indicios de delito, por si solo no se puede condenar a nadie. Por el simple hecho de ir a 200 no se puede meter a nadie en la carcel, si por ir esa velocidad pierde el control y se lleva a otro coche por delante entonces puede ser. Pero y si el otro coche se le cruzó en la vía por no mirar, ¿como determinas la gravedad de la acción de uno u otro para condenarle? Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Axel F. Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Eso es ya ser más papista que el Papa, con esa regla de tres también serían delincuentes los vendedores de coches que me proporcionan un instrumento con el que puedo matarme, y también los vendedores de cuchillos.... y el que inventó los bordillos de las aceras, porque siempre puedo tropezar y abrirme la cabeza.Muy mal por los políticos y altos cargos que no prestan más atención a la conservación de las carreteras porque están haciendo una dejación de sus obligaciones, pero en último lugar la responsabilidad y el presunto delincuente es el que pese a que hay socabones y curvas mal peraltadas sigue haciendo el cafre por ahí pensando que está en Indianapolis. Dos amigos mío casi se matan por culpa de una placa de hielo de varios metros por una nacional, iban a una velocidad bastante inferior a la permitida. ¿Me estás diciendo que es culpa suya el accidente? ¿Están haciendo el cafre? Muchas de las víctimas son responsabilidad del estado/autonomías por tener una red viaria de mierda y pésimamente mantenida. A la cárcel con el responsable de fomento... Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
David Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 De acuerdo con lo del alcohol, pero sobre la velocidad no: ¿a 200 con circulación o sin ella? ¿a 200 en una recta eterna, de día y sin circulación? las mismas chorrrrrrrrrrrrrrrrradas de siempre del subnormal del Pere. ¿Entonces por qué está bien que se penalice lo del alcohol? Con ese razonamiento también es correcto que yo vaya borracho si voy por una carretera sin circulación...Las leyes no se redactan así, se penalizará superar a partir de cierto valor la velocidad máxima, y en otro párrafo se dirá que se castiga con la mitad inferior de la pena si en ese caso no se ha creado un peligro concreto (carretera con poca circulación, por ejemplo). Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
David Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Dos amigos mío casi se matan por culpa de una placa de hielo de varios metros por una nacional, iban a una velocidad bastante inferior a la permitida. ¿Me estás diciendo que es culpa suya el accidente? ¿Están haciendo el cafre? Muchas de las víctimas son responsabilidad del estado/autonomías por tener una red viaria de mierda y pésimamente mantenida. A la cárcel con el responsable de fomento... Ese es el mismo caso que si a mí me lleva una ola o si me cae un rayo, no se puede culpar a nadie de poner ahí ese hielo. Otra cosa es que si se demuestra que hubo dejación en las funciones de los encargados de despejar la carretera se les pueda pedir alguna responsabilidad (penal o civil, segun el caso). Ese caso es lo que simplemente se llama un accidente, no hay más. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
KLOKI28 Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 el tema de todo esto se supone que es para evitar muetes? es el pez que se muerde la cola lo mires por donde lo mires y lo peor de todo es que el ciudadano de a pie o mejor dicho el que va en coche es el que paga,cuando acabara este tejemaneje. haber si ponen a algien que lo remedie,por que tontos creo que no somos nadie. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
205GTI Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Ese es el mismo caso que si a mí me lleva una ola o si me cae un rayo, no se puede culpar a nadie de poner ahí ese hielo. Otra cosa es que si se demuestra que hubo dejación en las funciones de los encargados de despejar la carretera se les pueda pedir alguna responsabilidad (penal o civil, segun el caso). Ese caso es lo que simplemente se llama un accidente, no hay más. existe la sal para echar a las carreteras y que no se hagan placas de hielo... pero es más barato decir que iban a una velocidad excesiva en esa carretera nacional en esas condiciones climatológicas... Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Axel F. Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Ese es el mismo caso que si a mí me lleva una ola o si me cae un rayo, no se puede culpar a nadie de poner ahí ese hielo. Otra cosa es que si se demuestra que hubo dejación en las funciones de los encargados de despejar la carretera se les pueda pedir alguna responsabilidad (penal o civil, segun el caso). Ese caso es lo que simplemente se llama un accidente, no hay más. Por eso mismo, tanto por la persona que va como loca a 200 con circulación, como el que no manda echar sal en la carretera, los dos son potenciales causantes de víctimas mortales en accidentes. Si se quiere considerar por ley delito el del primero, que hagan también una propuesta para que se considere delito el del cargo público por irresponsabilidad. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
David Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Mientras no haya indicios de delito, por si solo no se puede condenar a nadie. Por el simple hecho de ir a 200 no se puede meter a nadie en la carcel, si por ir esa velocidad pierde el control y se lleva a otro coche por delante entonces puede ser. Pero y si el otro coche se le cruzó en la vía por no mirar, ¿como determinas la gravedad de la acción de uno u otro para condenarle? Es que la cosa se trata de que por ir a esa velocidad ya haya un delito (de temeridad), luego si además causas un accidente ya habrá un concurso de delitos (la imprudencia con un resultado). Si en este caso ese accidente se produce por otra causa ajena pues no te lo imputarán, o si te lo imputan saldrás absuelto en el juicio. ¿como determinas la gravedad de la acción de uno u otro para condenarle? Para eso están los jueces. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
David Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Por eso mismo, tanto por la persona que va como loca a 200 con circulación, como el que no manda echar sal en la carretera, los dos son potenciales causantes de víctimas mortales en accidentes. Si se quiere considerar por ley delito el del primero, que hagan también una propuesta para que se considere delito el del cargo público por irresponsabilidad. Esos delitos aplicados a funcionarios y autoridades ya existen! Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
sectario Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 y si va totalmente drogado a velocidades legales,¿esto no es delito? Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
David Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 existe la sal para echar a las carreteras y que no se hagan placas de hielo... pero es más barato decir que iban a una velocidad excesiva en esa carretera nacional en esas condiciones climatológicas... ¿Quién habló aquí de exceso de velocidad en este supuesto?En este caso tendrías que denunciar al responsable de la carretera y que el juez valore. No todo siempre es evitable, si me cae un rayo en la carretera puedo denunciar que no haya un pararrayos en ese punto, pero como también me puede caer 50 metros más adelante.... pediremos a la Administración que coloque pararrayos cada 50 metros en todas las carreteras? Ya te digo que hay cosas que son inevitables, pero eso lo discrimina un juez, no el código penal. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
David Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 y si va totalmente drogado a velocidades legales,¿esto no es delito? Va todo parejo, de hecho la redacción actual es así: "El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas..." Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
sectario Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Va todo parejo, de hecho la redacción actual es así: "El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas..." ya pero me parece que los controles de los que habla este post al principio solo son de alcohol y las penas solo son para eso,no para el resto del articulo. :bien: Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Quique GTI Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 y si va totalmente drogado a velocidades legales,¿esto no es delito? Sí, es delito, igual que borracho, siempre que sea bajo la influencia de la droga. Que le influya en la conducción. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
David Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 ya pero me parece que los controles de los que habla este post al principio solo son de alcohol y las penas solo son para eso,no para el resto del articulo. :bien: En los delitos contra la seguridad del tráfico el alcohol y las drogas siempre han ido de la mano, no creo que ahora lo vayan a redactar de una forma distinta Uno que se va, saludos!! :bien: Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
curro Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Realmente se podrian preocupar de cosas mucho mas importantes.Aparte de q el Pere este es un subnormal completo: -A dia de hoy si se reflejan pena por conducir a una velocidad inadecuada,estariamos hablando de una imprudencia temeraria o un delito contra la seguridad del trafico.Lo q ocurre es q por q un tio q vaya por una autopista a 200 en unas condiciones "normales" no se consideraria ninguna de las 2 opciones,cosa q me parece normal siempre y cuando no concurra ninguna de las anteriores causas. -En cuanto a la tasa de alcoholemia tb esta tipificado en el codigo penal,lo q ocurre es q hasta un determinado grado de alcoholemia solamente va por via administrativa(normalmente esto lo tienen pactado la administracion y justicia en cada comunidad),pero con una tasa superior a esa se va por la via penal.Lo q ocurre esq sino habia sintomas de embriaguez(aunq de mas tasa de la permitida) a un tio no se le puede condenar,eso si,como muestre sintomas eso lleva aparejada su correspondiente condena. -Respecto a conducir cuando ha alguien le han retirado el carnet es un quebrantamiento de condena,tambien delito... Nuestro codigo penal del 95 es "una **** mierda",se podrian preocupar d reformar otras cosas mucho mas importantes,q tienen tarea. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Almanzor Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 En los delitos contra la seguridad del tráfico el alcohol y las drogas siempre han ido de la mano, no creo que ahora lo vayan a redactar de una forma distinta Uno que se va, saludos!! :bien: Pero los controles de momento son siempre de alcolemia, no de drogas. No es que no este penado, sino que no se hace el mismo esfuerzo por detectarlas. Quizás sea que es más fácil parar a alguien con una copa de más que a alguien puesto hasta las cejas?? Además no sé si no he entendido bien lo del límite, el límite para ser delito es 1g/l en sangre y es una falta muy grave, cuando me saqué le carnet era 0,8g/l para que te pudisen llegar a multar... vale que lo han bajado, pero me parece excesivo que lo que antes era prácticamente tolerable para conducir ahora sea hasta delito. Ojo, no estoy defendiendo coger el coche mamado... ni siquiera contentillo, pero veo ilógico que por tomarte dos cervezas te puedas ver peor que el que va de coca hasta las cejas, porque a ese nadie le va a hacer un control. Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
sectario Publicado 22 de Febrero de 2006 Compartir Publicado 22 de Febrero de 2006 Ojo, no estoy defendiendo coger el coche mamado... ni siquiera contentillo, pero veo ilógico que por tomarte dos cervezas te puedas ver peor que el que va de coca hasta las cejas, porque a ese nadie le va a hacer un control. A eso me refería,que ni uno ni otro. :bien: Citar Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
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