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Multa por aparcar en zona de discapacitados


MarcBCN

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Hola a todos,

 

No sé si poner este post aquí o en el general. Si lo consideráis, lo cambiais.

 

La semana pasada aparqué en una zona de Badalona ( para los que lo conozcáis, es el barri de la Morera) que frecuento mucho.

Es una zona residencial y más bien poco transitada.

 

Pues aparqué media horita, y cuando vuelvo para el coche, veo que no está. La primera sensación fue de un sudor frío pensando que me lo habían robado. Cuando llegue vi que había la maldita pegatina amarilla de la grua.

 

No entendí nada, ya wue ahí casi siempre hay coches aparcados, no hay señalización vertical, ni nada pintado en el suelo ( tipo vado o paso de zebra), aunque si que la acera estava rebajada para sillas de ruedas, carritos.... Una vecina me dijo que hacía 1 minuto que se había ido la grua, y que no entendía porqué se lo llevó...

 

En fin, voy al depósito y la multa fue por aparcar en un acceso de discapacitados : 120 € de grua + 100 € de multa ( reducida de 200 € por prontopago).

 

No niego que me equivocara, pero me sorprendió mucho que no haya ninguna señalización, ni nada. Nunca va la grua por allí, así que creo que aviso una "encantadora" vecina qye vive en frente de esa plaza.

 

Creéis que puedo recurrir?? Os paso unas fotos del lugar.gu9u7yza.jpg

 

zazazuta.jpg

 

Gracias.

 

Saludos.

 

 

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Es raro que una zona de minusválidos no esté marcado con placas o en el suelo, es que sino como sabes tú o cualquiera que esta reservada a los minusválidos. Es como si dices te han multado por ser zona carga y descarga...

:shock: Es la primera vez que veo una zona de minusválidos sin señalización. Seguro que lo ganas. Suerte. :bien:

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Gracias a todos.

 

Entiendo lo que me decís todos, pero no tengo nada claro.

 

Os adjunto la multa manual, a ver que la me llega por correo.

 

 

syna9usu.jpg

 

Literalmente dice : estacionado en un paso de minusvalidos. Y ee verdad, porque estava enfrente de la rampa. Pero si viérais la zona, lo encontraríais ridículo.

Pero lo que no se si solo porque haya una zona rebajada, ya se puede considerar como una señalización.

 

Gracias a todos.

 

 

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Opción D

 

Articulo 91. Modo y forma de ejecucion.

1. La parada y el estacionamiento deberan efectuarse de tal manera que el vehiculo no obstaculice la circulacion ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la via, cuidando especialmente la colocacion del mismo y el evitar que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor (articulo 38, numero 3, del Texto Articulado).

2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulacion, los que constituyan un riesgo u obstaculo a la circulacion en los siguientes supuestos:

a) Cuando la distancia entre el vehiculo y el borde opuesto de la calzada o una marca longitudinal sobre la misma que indique prohibicion de atravesarla sea inferior a tres metros o, en cualquier caso, cuando no permita el paso de otros vehiculos.

b) Cuando se impida incorporarse a la circulacion a otro vehiculo debidamente parado o estacionado.

c) Cuando se obstaculice la utilizacion normal del paso de salida o acceso a un inmueble de personas o animales, o de vehiculos en un vado senalizado correctamente.

d) Cuando se obstaculice la utilizacion normal de los pasos rebajados para disminuidos fisicos.

e) Cuando se efectue en las medianas, separadores, isletas u otros elementos de canalizacion del trafico.

f) Cuando se impida el giro autorizado por la senal correspondiente.

g) Cuando el estacionamiento tenga lugar en una zona reservada a carga y descarga, durante las horas de utilizacion.

h) Cuando el estacionamiento se efectue en doble fila sin conductor.

i) Cuando el estacionamiento se efectue en una parada de transporte publico, senalizada y delimitada.

j) Cuando el estacionamiento se efectue en espacios expresamente reservados a servicios de urgencia y seguridad.

k) Cuando el estacionamiento se efectue en espacios prohibidos en via publica calificada de atencion preferente, especificamente senalizados.

l) Cuando el estacionamiento se efectue en medio de la calzada.

m) Las paradas o estacionamientos que, sin estar incluidos en los apartados anteriores, constituyan un peligro u obstaculicen gravemente el trafico de peatones, vehiculos o animales.

3. Los supuestos de paradas o estacionamientos en lugares peligrosos u obstaculizando gravemente la circulacion tienen la consideracion de infracciones graves, conforme se preve en el articulo 65.4 d) del Texto Articulado.

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Gracias sbony. Queda claro que no tiene sentido recurrir.

 

Es una putada enorme, pero bueno, tendría q haberme fijado mas.

 

Gracias a todos.

 

 

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De nada, ahi ha sido caza de brujas porque alguien los ha llamado, sino no tiene sentido.

 

Pedroabio, es que lo pone claro en el punto D, yo creo que será perdida de tiempo y dinero.

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Putadon...

 

Yo me informaría un poco más sobre el tema,pregunta a algún conocido abogado o que sepa de esos temas. Y si tienes alguna posibilidad recurriría.

 

La pregunta es: ¿Por qué no hay ningún tipo de señal que informe de dicho paso para minusvalidos? Con que estuviera pintado de amarillo el bordillo de la acera sobraba :roll:

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Hola, yo por lo poco que veo en las imágenes casi alegaría exceso de celo. Unos metros más adelante hay otra rampa.

 

En vista de lo que se ve casi es mejor que haya algo obstaculizando esa rampa. Cuando menos se le hace un favor a los invidentes porque esos adoquines son para indicarles de pasos de peatones y ahí no lo hay.

 

Búscate la vida e infórmate de la normativa de rampas, pasos, señalización, etc. Pienso que por ahí los puedes fastidiar si ellos incumplen.

 

Saludos y suerte.

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A ver respecto al tema si miramos por logica o sentido comun y vemos eso yo pienso que es un acceso para rampa de minusvalidos, vale hasta ahi bien el tema que no hay ni señal vertical ni nada de nada como si fuese un paso de peatones o algo por el estilo, que es lo que pasa que en zonas residenciales de poco transito acostumbran a poner las cosas asi y se evitan pintar las lineas por ahorrarse 4 duros, que si que en la ley la parte D lo dice claro pero yo no lo tendria tan claro yo por lo cabezota que soy tiraria para alante pero eso si en cuanto presentas recurso olvidate del pronto pago.. es un rollo todas estas cosas de la leche que gente con tan poca vida propia como la que llamaria para que se lleven tu coche.. Suerte compañero.

 

Galaxy s4

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Gracias a todos de nuevo.

 

Voy a informarme mañana más, consultaré al seguro y veré wue hago.

 

Para que os hagáis una idea de lo exagerado de la situación, fijaros un par de fotos de google maps y street view para ver que tipo de zona es.

 

rapu3y9u.jpg

 

yravehyb.jpg

 

 

8u7ahaba.jpg

 

Mi coche estava justo al lado del focus negro. Desde la vista aérea ya veis que tipo de calle es.... No hay ni pasos de zebra.

 

En fin... Gracias de nuevo

 

 

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Pues yo usuario de silla de ruedas lo veo claro es un rebaje parasillas de ruedas carritos de bebe y personas con discapacidad física ke no tendrán otro rebaje para subir a la acera

 

Por supuesto, y Yo eso no lo discuto, ni mucho menos. Solo critico que podría haber mejor señalización.

 

No es Ni es un paso de peatones, ni nada por el estilo. Es mas, no es una zona habitual ni lógica de paso...

 

 

 

 

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Si hay rebaje no hace falta señal.... te la comes. Lo siento compañero :( veras como no te pasa otra vez!

 

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Eso no es asi... la señalizacion horizontal y/o vertical debe estar presente...

Ahi no hay ningun tipo de señal ni nada que marque que supuestamente es un paso habilitado...

 

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Si no existe ni señalización horizontal ni vertical que impida expresamente el aparcamiento no es sancionable. Bien es cierto que hay un rebaje...pero ... ¿A dónde vas con la silla de ruedas de bebe por la carretera sino hay paso de cebra? Yo más bien denunciaría a la persona que se atreva a ir con un bebe por esa rampa, por poner en peligro la vida de un menor.

 

RECURRE

 

Si hay rebaje no hace falta señal.... te la comes. Lo siento compañero :( veras como no te pasa otra vez!

 

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Pues yo usuario de silla de ruedas lo veo claro es un rebaje parasillas de ruedas carritos de bebe y personas con discapacidad física ke no tendrán otro rebaje para subir a la acera
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Si no existe ni señalización horizontal ni vertical que impida expresamente el aparcamiento no es sancionable. Bien es cierto que hay un rebaje...pero ... ¿A dónde vas con la silla de ruedas de bebe por la carretera sino hay paso de cebra? Yo más bien denunciaría a la persona que se atreva a ir con un bebe por esa rampa, por poner en peligro la vida de un menor.

 

RECURRE

 

Para bajar al coche, parado en el lateral o a la inversa Para acceder a la vivienda que hay detrás

 

Leyendo el articulo 91, con el punto 2 opcion "C" o "D".

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Ya lo he leido, pero por la calzada no está permitido transitar... Sino hay pasos de cebra ni nada... no puedes cruzar ni siquiera bajar

 

Si hay rebaje no hace falta señal.... te la comes. Lo siento compañero :( veras como no te pasa otra vez!

 

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Para bajar al coche, parado en el lateral o a la inversa Para acceder a la vivienda que hay detrás

 

Leyendo el articulo 91, con el punto 2 opcion "C" o "D".

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