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Multa por no llevar el cinturón, pero el pasajero


berguis

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Hola, entiendo que el responsable de la infracción es el ocupante y la multa tendría defectos de forma al no presentársela directamente ni identificarlo teniendo el coche detenido.

 

Extraído de aquí:

 

4. Los conductores y ocupantes de los vehículos están obligados a utilizar el

cinturón de seguridad, cascos y demás elementos de protección y dispositivos de

seguridad en las condiciones y con las excepciones que, en su caso, se determinen

reglamentariamente. Los conductores profesionales cuando presten servicio público

a terceros no se considerarán responsables del incumplimiento de esta norma por

parte de los ocupantes del vehículo.

 

Artículo 69. Personas responsables

1. La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta Ley recaerá

directamente en el autor del hecho en que consista la infracción.

 

Ahora a ver cómo lo entendéis vosotros.

 

Saludos.

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Hola, entiendo que el responsable de la infracción es el ocupante y la multa tendría defectos de forma al no presentársela directamente ni identificarlo teniendo el coche detenido.

 

Extraído de aquí:

 

 

 

 

 

Ahora a ver cómo lo entendéis vosotros.

 

Saludos.

 

Pues yo no tengo claro una cosa...

Para que un crio de dos años mida mas de 135 cms, no puede comer sólo petit suisse y chuletones de buey, tiene que comer algo más...

 

Es un defecto de forma, pero jefatura cuando le conteste el pliego de alegaciones, le pedirá identificar al acompañante...

Que esa si que no se queda sin cobrar...

 

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Hola, entiendo que el responsable de la infracción es el ocupante y la multa tendría defectos de forma al no presentársela directamente ni identificarlo teniendo el coche detenido.

 

Extraído de aquí:

 

 

 

 

 

Ahora a ver cómo lo entendéis vosotros.

 

Saludos.

 

Más claro el agua...

 

Un saludito :bien:

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Hola, entiendo que el responsable de la infracción es el ocupante y la multa tendría defectos de forma al no presentársela directamente ni identificarlo teniendo el coche detenido.

 

Extraído de aquí:

 

4. Los conductores y ocupantes de los vehículos están obligados a utilizar el

cinturón de seguridad, cascos y demás elementos de protección y dispositivos de

seguridad en las condiciones y con las excepciones que, en su caso, se determinen

reglamentariamente. Los conductores profesionales cuando presten servicio público

a terceros no se considerarán responsables del incumplimiento de esta norma por

parte de los ocupantes del vehículo.

 

Artículo 69. Personas responsables

1. La responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta Ley recaerá

directamente en el autor del hecho en que consista la infracción.

 

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Como dicen en otros foros.. FIN DEL POST

 

De echo tengo el caso de un amigo que le ha multado la DGT por ir detrás sin cinturon. La multa se la pusieron a él directamente y no al conductor (era mayor de edad). La sanción fue de 200€ sin retirada de puntos a pesar que tiene carnet de conducir. Con reducción pago 100€

 

A si que esa sanción tiene "defecto".

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Hola, entiendo que el responsable de la infracción es el ocupante y la multa tendría defectos de forma al no presentársela directamente ni identificarlo teniendo el coche detenido.

 

Extraído de aquí:

 

 

 

 

 

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Como dicen en otros foros.. FIN DEL POST

 

De echo tengo el caso de un amigo que le ha multado la DGT por ir detrás sin cinturon. La multa se la pusieron a él directamente y no al conductor (era mayor de edad). La sanción fue de 200€ sin retirada de puntos a pesar que tiene carnet de conducir. Con reducción pago 100€

 

A si que esa sanción tiene "defecto".

 

No, debido a que no esta notificada.

La primera notificación de la DGT es identificar al acompañante del asiento trasero. Si no lo hace, el dueño del vehículo debe costear la denuncia.

Es la ultima modificación sobre la responsabilidad de la notificación de infracciones...

 

 

 

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