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sobre cambio de titularidad, multas y embargos


TorCuato

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Buenas, tengo la oportunidad de comprar un golf en muy buen estado que pertenece a un familiar.

El coche todavía no esta pagado del todo y tiene multas y ordenes de embargo.

 

Mis preguntas son las siguientes:

 

-si se ponen al día los pagos de los embargos pero el coche sigue sin estar pagado del todo existe algún problema para la transferencia de titularidad?

 

-si una vez el coche puesto a mi nombre el antiguo propietario vuelve a dejar de pagar lo que le queda del coche me reclamaran algo a mi?

 

-las multas hasta que punto me pueden afectar? son a las personas y no al vehículo o hay algunas que son para el vehículo?

 

Haber si alguien me echa una mano que no encuentro respuestas. Ya se que es un poco lío pero espero que alguien lo entienda.

 

Saludos y gracias

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QUe yo sepa:

 

Si un coche está embargado, hasta que no se solucione dicha situación, creo que no se puede cambiar la titularidad del vehículo.

 

Una vez puesto a tu nombre el coche, eres responsable de el en todos los aspectos. Si el antiguo propietario deja de pagarlo, al que se lo embargan y precintan es a ti como propietario, ya que, en teoria, tu te haces cargo de la deuda que quede por pagar de ese coche al comprarlo.

 

Las denuncias se las reclamaran al conductor, una vez cambiado el titular, tu empiezas una "nueva vida" con ese coche, y a ti no te deberían de reclamar nada, por que son puestas con anterioridad a tu compra.

 

Un saludito :bien:

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Vayamos por partes (como decía Jack el Destripador):

 

1 er Punto: respecto al cambio de titularidad y demás ; es factible realizarla, siempre y cuando el vehículo esté libre de taras y /o cargas fiscales (EMBARGOS, apremios de pago por impagos o RECLAMACIONES FISCALES de HACIENDA, PRECINTOS,etc...).

En caso de realizarla, has de hacerlo siguiendo escrupulosamente los pasos que dicta la DGT :

 

http://www.dgt.es/portal/es/oficina_virtual/vehiculos/cambio_titularidad/

 

 

2 Punto: Respecto a los pagos (entiendo de una financiación o crédito del vehículo): los bancos no son adivinos; si el crédito de pago del vehículo está puesto a nombre de la persona que va a dejar de tener el vehículo, por lógica ( y consecuente domiciliación bancaria), el descuento en la Cuenta Corriente mensual de la cuota correspondiente al mismo, seguirá aplicándosele al anterior titular y/o quien firmó ese préstamo, y en todo caso, al avalista (si lo hubiese ) que hubiese dado fe de que el préstamo era asumible.

Esto quiere decir, que lo lógico es que el anterior titular presentase el contrato de compra -venta del vehículo en su entidad bancaria, y/ o amortizase el pago del mismo (si se vendiese el vehículo por importe igual o superior al valor del restante del préstamo).

En caso de que fuese una herencia por fallecimiento del titular, aparte de pagar las correspondientes tasas de transmisión patrimonial al efecto en cuestión, en la C.C.A.A., habría que comunicar automáticamente a la entidad bancaria el deceso del titular del préstamo, para que ésta tuviese conocimiento y lo reclamase a posteriori a los herederos legítimos.

Si no se vende, como creo entender que es el caso,sino que se cede o dona altruístamente, sería cuestión de ponerse en contacto con la entidad bancaria o financiera correspondiente, para ver si se pudiese cambiar al titular del crédito, o bien pedir un nuevo préstamo a nombre del nuevo titular, con el que cancelar el préstamo anterior, y quedando efectivamente, el pago pendiente del vehículo a nombre del nuevo propietario.

En resumidas cuentas: cambio de titular, SI, siempre que se ponga el vehículo al día de pagos fiscales pendientes.

Pagos del coche: si no se cambia nada, a nombre de quien tenía el préstamo inicial; se puede cambiar y /o anular con un nuevo crédito para anular al anterior.

Saludos.

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El dinero por el que lo vende no es suficiente para acabar de pagar el coche porque también tiene multas casi 4000 euros en multas algo brutal.

 

Mi mayor preocupacion es que pagando los embargos del coche y adelantando dinero de este no se acaba de pagar.

 

Si el coche una vez puesto a mi nombre después de haber pagado los embargos pero no la totalidad del préstamo esto me puede repercutir a mi? me vendrán a buscar el coche?

 

Lo compro con un préstamo personal y no tiene registro de dominio.

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Si el coche una vez puesto a mi nombre después de haber pagado los embargos pero no la totalidad del préstamo esto me puede repercutir a mi? me vendrán a buscar el coche?

 

Lo compro con un préstamo personal y no tiene registro de dominio.

 

Lo lógico es que el coche, en caso de impago del vehículo, se lo fuesen a reclamar a quien firmó el préstamo personal para adquirirlo.

Lo que más sentido tiene en este caso, es que tu pidieses un préstamo por el importe que le falte por pagar a la otra persona de su préstamo personal (siempre y cuando el valor de dicho resto de préstamo sea inferior, o como mucho igual al valor de venta pactado por el vehículo); y con este préstamo pedido ahora (o eso, o pago en mano, si dispones de metálico) anular el anterior, a ser posible mediante contrato estipulando en una de sus cláusulas que se cancele dicho préstamo personal con el pago del dinero por el vehículo.

Si se vende el vehículo figurando el mismo como aval o causa de un préstamo, se reclamará automáticamente el mismo cuando el préstamo al que va vinculado deja de pagarse, asi que ese extremo es de vital importancia que quede claro desde el principio; si la persona es de confianza, habrías de ir con él al banco y / o ver los papeles de finiquito de préstamo, antes de firmar el contrato de compra- venta del vehículo.

Luego ya, comprobar que está puesto al corriente con Hacienda, y después seguir los trámites ordinarios de la DGT al respecto de compra /venta y /o cambio de titularidad de vehículos.

Saludos.

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