Aintejo Publicado 29 de Agosto de 2009 Compartir Publicado 29 de Agosto de 2009 Buenas a todos! A ver, os comento. Me denunció la policía municipal de mi pueblo, por conducción negligente, por chirriar rueda en una rotonda. Me metieron 150 y 4 puntos. Como a todos, en el fondo el importe económico duele, pero no pesa tanto como los 4 puntazos. El tema es que en la multa hay dos errores, y si no me libro por uno, me libro por otro casi seguro, pero nose como redactar el recurso. Vamos a ello: Hecho denunciado: Conducción negligente por chirriar rueda en una rotonda Artículo infringido, y aquí es donde viene el tema: 9.2 CIR Existen 2 artículos que rigen la normativa de circulación, que son el código de circulación (CIR), y la ley de seguridad vial (LSV). La conducción negligente, se encuadra en el 3.1 CIR, o el 9.2 LSV. Y ni una ni otra, en el boletín apuntan 9.2 CIR, que es un artículo que ni existe. El articulo 9 CIR habla sobre el transporte de personas, y tiene los apartados 9.1 y 9.3 CIR, pero el 9.2 CIR ni existe. Claramente se han equivocado de artículo. Y quiero echar el recurso por ahí, que yo creo que me libro si o si. Y si no me libro, tengo otra opción, de suavizar la multa. Dentro del 3.1 CIR, hay 3 articulos: 3.1.A Conduccion temeraria 3.1.B y 3.1.C Conducción negligente. La diferencia entre el B y el C es el peligro que tu generas para otros usuarios. En mi caso, eran las 2 de la mañana, no había ni un solo coche, y ni un solo peatón, con lo que me correspondería la C. La cosa es 3.1.B Negligente con peligro: 4 puntos + 300 3.1.C Negligente sin peligro: 0 puntos + 150 Me correspondería la C, pero me han metido un mixto de la B y la C, 4puntos + 150, con lo cual también podría recurrir por ahí aun a malas, y librarme de los puntos, no? Cómo lo veis?? Cómo lo redacto?? Ataco con un recurso, y si lo deniegan con otro, o ataco con todo en un recurso?? Perdonad el tocho, y ahorraos comentarios de que me lo merezco y tal. Se que hice mal, y no suelo ir así, y menos donde lo hice. Simplemente eran las 2 de la mañana, y me pedía soltarle un poco, y ya está. Solo la sanción me parece desproporcionada por los puntos, pero si tengo que pagar 150 los pago, pues se que son merecidos. Saludos Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Samy Publicado 29 de Agosto de 2009 Compartir Publicado 29 de Agosto de 2009 No se quien tiene experiencia en estos temas, por eso desconozco si al formular la multa y se han equivocado de articulo queda nula o bien se reformula ya que aun persiste el echo denunciado. De todas formas en la multa no es firme, es decir lo de los puntos no se quitan directamente, es una propuesta. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Aintejo Publicado 29 de Agosto de 2009 Autor Compartir Publicado 29 de Agosto de 2009 Eso pienso yo, que a lo mejor es un error que dicen coño, está claro que está mal, pero el hecho es el hecho, se reformula, y listo. Esque se oyen muchas historias de recurso de multas, pero nunca las oyes en primera persona. Q si un número de la matricula mal, que si no se lee bien, que si a mi nombre le falta una letra... Y que con eso queda anulada... Por eso pregunto. Pero lo que digo, si aun a mala reformulan la denuncia, y ponen el artículo correcto, me correspondería la 3.1.C CIR, que es negligente sin peligro, como es mi caso, y son 0 puntos, y 150€, no como me lo han puesto a mi, 4 puntos y 150€, que esa sanción no está tipificada, a parte de ser excesiva para mi caso. Gracias por la respuesta Samy, aunque seguimos en las mismas ;) ¿Alguno con alguna experiencia? Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Samy Publicado 29 de Agosto de 2009 Compartir Publicado 29 de Agosto de 2009 Ante eso, si no encuntras algo que te convenga, me pondria en contacto, con tu propio seguro a ver si tienen algo de gestion de multas o bien alguna asociacion, por lo menos para que te despejen dudas. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Miguel mac Publicado 29 de Agosto de 2009 Compartir Publicado 29 de Agosto de 2009 yo creo que se esquivocaron y tacharon la casilla de la CIR cuando tenian que tachar la de la LSV, los de los articulos es error de forma, asi que si el hecho denunciado y la placa de matricula, hora y dia esta bien toca pagar... igual que tu puedes alegar , ellos pueden rectificar la denuncia y decir que se equivocaron al copiar y donde pusieron digo ahora es diego lo de los puntos no creo que te los quiten Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
||M^nnu|| Publicado 30 de Agosto de 2009 Compartir Publicado 30 de Agosto de 2009 Hombre, ahora mismo tal cual tu estás en lo que se llama una grave situación de indefensión; porque al ir a consultar el artículo infringido y ver que no existe, no puedes redactar un escrito de alegaciones o más tarde un recurso de alzada. Pero tiene truco. Lo que va a pasar es que vas a redactar un escrito de alegaciones, los agentes van a ratificar la denuncia corrigiendo los datos, como te dice Miguel, y te va a llegar la resolución sancionadora ante la que te cabe presentar el recurso de alzada, que te lo van a echar para atrás porque como son inequívocos los hechos, el infractor y el vehículo, pues te va a tocar pasar por caja. Piénsate muy mucho el redactar el recurso, por el tema de que pierdes el descuento por pronto pago. Y si lo redactas, yo tiraría más bien por lo segundo, para que sean 150 sin puntos, aunque si como dice Miguel no te los quitan, pues eso ya lo tienes. Salu2, ||M^nnu|| Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
chonuca´s Publicado 30 de Agosto de 2009 Compartir Publicado 30 de Agosto de 2009 Eso es, haz caso a Antonio... Un saludo... P.D: Ultima participación en este tipo de Post... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
blackplus Publicado 30 de Agosto de 2009 Compartir Publicado 30 de Agosto de 2009 busca un profesional de confianza y asesorate bien, en estos temas el "yo creo" o "es mi opinión" no valen de nada, las leyes a veces no son lógicas, unas veces para bien y otras para mal. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Aintejo Publicado 31 de Agosto de 2009 Autor Compartir Publicado 31 de Agosto de 2009 Bueno, bueno, parece que lo mejor será tirar por lo segundo, ya que lo primero se lo pasaran por el forro, y perderé un recurso... Será mejor que aclare bien lo del apartado 2B o 2C con el recurso, para que me metan el 2C solo. Aunque si la DGT ve 150€, automaticamente asociará 0 puntos me imagino, pero bueno, más vale llevarlo claro de primeras, que no llevarse luego una sorpresa. Aun así llamaré mañana al seguro, que tengo recurso de multas, y a ver que me comentan, y a lo mejor también me paso por las oficinas de los municipales para comentarles el tema a ver que dicen ;) Gracias a todos por los comments ;) Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
SrMrCanS Publicado 31 de Agosto de 2009 Compartir Publicado 31 de Agosto de 2009 Lo mejor es que consultes con el seguro, y siempre puedes mandar 2 recursos uno alegando lo primero y otro lo segundo... Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
ALF2000 Publicado 31 de Agosto de 2009 Compartir Publicado 31 de Agosto de 2009 Mira a ver si esto te ayuda: http://www.clubvwgolf.com/foro/showthread.php?t=115203 Suerte Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
krisskress Publicado 31 de Agosto de 2009 Compartir Publicado 31 de Agosto de 2009 Yo, como te dicen, si no tienes dinero para un abogado propio... mira el del seguro.. También te digo que a mi un profesor en la carrera (el hombre es abogado) me dijo que siempre que hay puntos hay que recurrir porque siempre pueden haber fallos... Nose yo si eso es asi de facil, pero digo yo que si por ejemplo se equivocan en escribir el numero de mi matricula.. ya no pueden decir nada... Nose, porque podria alegar que no es ese mi coche. y si encima es de esas de estacionamiento... que no saben tus datos ... ahi ya... na de na! Pero es lo de siempre, los que tienen pasta recurren todas y se libran de muchas... y los pobres pues eso..jejee. Yo como he dicho al principio buscaría la ayuda del abogado del seguro. Un saludo y suerte. Enlace al comentario Compartir en otros sitios web More sharing options...
Publicaciones recomendadas
Archivado
Este tema ahora está archivado y cerrado a otras respuestas.