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Ayuda, multa!!! Q puedo hacer...


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Hola. Este mediodia ha llegado a mi casa una notificación de denuncia. El hecho denunciado es "circular a 116 Km/h tenint limitada la velocitat a 50 km/h saltant-se la limitació fixada per la senyal". El radar me cogió en un polígono y no en una zona potencialmente peligrosa donde ningún coche respeta este límite pq no hay peligro ninguno.

El remitente de la multa es el ayuntamiento de esta localidad ya que me cogió un radar mobil de la policia municipal (imagino) y el importe de la multa es de 450€.

En la notificcación que yo he recibido no se me adjunta foto, simplemente pone fecha denuncia, hora denuncia, nº de boletín, nº de expediente, lugar de la imfracción, artículo infringido, hecho denunciado, matricula, marca y modelo nº del agente, importe de la multa, importe reducido de la multa, fecha de notificación y causa de la imposibilidad de notificación en el acto.

Ya que aparentemente todo es correcto me gustaria saber que procedimiento sigue el ayuntamiento si no pago dicha multa (este no es el ayuntamiento de mi localidad de residencia) y en que puedo salir perjudicado.

Por otro lado creeis que puedo presentar un recurso pq no se me manda ninguna foto??

A ver si me podeis ayudar un poquito pq sinó me veo con 450€ menos en mi bolsillo :( :(

Muchas gracias!

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Pues jodido veo el tema... ademas incluso, si es cierto lo que pone, la pagaría. La DGT esta un poco mosca con los excesos de velocidad y esa que te han puesto se considera ahora una FALTA GRAVE, por circular a mas de un 50% superior al límite fijado (de hecho lo sobrepasas en mas de un 100%! :silvar: )...

 

Por lo que preguntas, eso depende de las ordenanzas municipales o, en su defecto del Reglamento general de tráfico (lo pone en "Articulo infrinjido) aunque me temo que sera una del Reglamento general de tráfico...

 

Saludos y suerte!

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Lo primero mira bien la multa porque creo que tb acarrea retirada de carnet en un periodo máximo de tres meses.

 

A un colega, en un caso parecido (a él le mandaron la foto y le quitaban el carnet por falta muy grave) su asesoría le aconsejó que recurra alegando que no conducía él y que no puede identificar al conductor.

 

Le ponen una multa de 50.000 ptas pero como no le pararon y no pueden demostrar que conducía él se paraliza la otra multa y no le retiran el carnet.

 

Eso le aconsejaron y eso hizo. De momento está en recurso, así que no sé cómo acabará en su caso :roll

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Trompe tiene razon.

A mi me llego una falta muy grave con retirada de carnet y 600€ de multa por conduccion temeria que me puso otra conductora y no un guardia.

la pregunta es? a nombre de quien tienes el coche? yo lo tengo a nombre de mi madre y he alegrado que ella no conducia y me he negado a dar el nombre del conductor, aun no tengo resolucion.

 

Cuando me moví para ver que me podia pasar un guardia municipal me dijo que los pueblos no tienen potestad para la retirada y que normalmente si pagas ahi queda la cosa, pero a veces son unos cabrones y la envian a DGT y mas en el caso de exceso de velocidad que van a por todos y como se pongan como en Francia nos van a poner camaras de velocidad esta en el parking.

 

Recurre a traves del RACC, RACE, CapArag, ellos se encargan de hacerlo por ti.

 

manten informados y suerte.

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En mi caso tampoco me pararon, de hecho no me di ni cuenta de donde estaba el radar. En la notificación no pone nada de la retirada de carnet que según tengo entendido lo tiene q hacer tráfico, pero no estoy seguro.

El coche va a nombre de mi padre y la multa ha llegado a su nombre pero está claro que a quien se la pusieron es a mi.

Tengo incluido en el seguro el servicio de recursos de multas pero no se si fiarme de este o irme directamente a una de esas empresas que se dedican a eso.

Un saludo!

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Cuando una multa pasa de 300 es falta grave y puede ir retirada de carnet, eso viene en la parte trasera de la misma, y si pasa de 600 es muy grave y vien siempre con retirada de carnet.

 

En este caso te han lanzado una foto y la multa va a nombre de tu padre, pero se supone que la autoridad que te hace la foto ha de pararte, aunque ahora con lo modernos que somos que ponen radares en todos los sitios ya no se aplica eso. La multa va a nombre de tu padre por lo tanto si hay retirada, tmb se le aplicaria a el.

Lo primero que has de hacer es que si te decides a pagarla para cojer la reduccion de precio has de decir quien era el conductor, pues en la parte trasera te piden que lo hagas, porque si proceden a retirar el permiso se lo retiraran a tu padre.

Por el contrario puede recurrir tu padre alegando que el no conducia, y puede suceder que se quita la falta grave y te quede en amonestacion monetaria por negarse a dar el nombre, me dijeron que la Urbana de barcelona para este caso la multa es de 150€, no se en cuanto lo pondran en tarragona, o podria suceder que fuesen a por tu padre, pero siendo del ayuntamiento y sin saber a ciencia cierta que tu padre conducia no creo que vayan a por el.

 

Yo te aconsejo porque algo similar me paso a mi, y me aconsejaron que me negase a dar el nombre del conductor y que era eso lo que me podria ocurrir.

De todos modos informate antes de hacer nada por si las moscas.

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Entra en todomultas.com, y create un recurso de al menos 3 paginas. Pide la foto, el certificado de calibración del cinemómetro y toda la info que te pone en la pagina web.

 

Las posibilidades que tienes, son dos: Que con ese recurso se pierda la multa o no puedan mandarte toda la info que pides, o identificar como conductor a alguien que conozcas en el extrajero, a ser posible fuera de la comunidad europea.

 

Suerte y ya nos contarás

 

 

El Maestro Pocero

 

PD. y vete pensando en pillar un anticaspa, que tal y como se están poniendo las cosas.... :silvar:

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PD. y vete pensando en pillar un anticaspa, que tal y como se están poniendo las cosas.... :silvar:

 

Yo llevo bastante tiempo dudando si lanzarme a por uno, en concreto un BELL, el que va oculto, pero por el coste, no lo he hecho.

 

Lo mismo propongo la creacion de un grupo de seguimiento, para recabar info, negociacion y posterior importancio, de una anticaspa por aquello de "que se te va a caer el pelo".

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Por 10.000 pelas mas no te pringes tu, montalo en el taller pero como tu les digas, donde tu les digas y con las caracteristicas que tu les digas.. ya puestos a gastarte ese dinero en champu.. que importa un buen poco mas en un buen acondicionador ?? :wink:

 

Por cierto.. que ultimamente me veo con demasiados casposos, asi que igual me apunto a eso del anticaspa en comun :D :wink:

 

Un saludo

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Que yo sepa, hay champús de esos que perturban el "efecto" dopler y entonces aunque te pillen los casposos con mucha caspa, no afecta a tu pelo :)

 

es para evitar a los casposos y sus artilugios, que no te cojan depende de tu habilidad al freno y de que el champu te avise con antelacion, a veces no lo hace hasta que lo tienes casi encima y solo puedes frenar un poco, almenos eso tengo entendido.

Que hablen los expertos en el tema

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La mejor solucion sabeis cual es???

 

Ir a la velocidad legal, o lo que es lo mismo ir de domingero.

 

Pero esuqe es tan aburrido......

 

Imagina lo que es ir por las Rondas de Barcelona un dia sin trafico (no ocurre casi nunca, solo de noche) y tener que ir a 80-60, un aburrimiento, sin darte cuenta te pasas, me voy a tener que poner el Tempomat sino me la van a dar.

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A TI TE HAN DENUNCIADO POR EXCESO DE VELOCIDAD Y SUPONGO QUE SEGÚN LA ORDENANZA DE CIRCULACIÓN DE DICHA LOCALIDAD POR LO QUE ES LA MISMA CORPORACIÓN LA QUE INICIA EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA DE TRÁFICO(PUEDES BUSCAR EL REGLAMENTO EN INTERNET) Ó SI LO HAN HECHO POR EL REGLAMENTO GENERAL DE LA CIRCULACIÓN O LEY DE SEGURIDAD VIAL (VALE UNA U OTRA) SERÁ LA JEFATURA PROVINCIAL DE TRÁFICO LA QUE LA TRAMITE. BIEN, UNA DENUNCIA NO ES UNA MULTA: UNA DENUNCIA EN PONER EN CONOCIMIENTO A LAS AUTORIDADES CORRESPONDIENTES UN HECHO QUE INFRINGE UNA NORMA POR LO QUE LUEGO ESAS AUTORIDADES, QUE EL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR DETERMINA (ALCALDE, DELEGADO DEL GOBIERNO, ETC...), VAN A FIJAR UNA SANCIÓN GENERALMENTE PECUNIARIA, PERO LOS AGENTES DE LA AUTORIDAD ENCARGADOS DEL TRÁFICO (GUARDIA CIVIL Y POLICIAS LOCALES EN CASCO URBANO), TIENEN PRESUNCIÓN DE VERACIDAD EN SUS DENUNCIAS, ES DECIR LO QUE ELLOS DIGAN ES VERDAD, POR LO QUE LA CARGA DE LA PRUEBA LA DEBE DEMOSTRAR LA PARTE DENUNCIADA, EJEMPLO SI UN POLICIA DENUNCIA POR REBASAR UN SEMAFORO EN FASE ROJA, SE LE DA VERACIDAD A SU DENUNCIA Y ES EL DENUNCIADO EL QUE DEBE DEMOSTRAR QUE NO HA COMETIDO LA INFRACCIÓN, CON FOTOS, TESTIGOS O CUALQUIER OTRO MEDIO DE PRUEBA. ESTO ES ASÍ PORQUE SI NO SE CREE AL POLICÍA PARA QUE ESTÁ, LO QUE NO IMPLICA USOS ABUSIVOS Y DENUNCIAS FALSAS, PERO SON LOS MENOS, AL IGUAL QUE HAY JUECES QUE DAN SENTENCIAS INCREIBLES HAY POLICIAS CON DENUNCIAS INCREIBLES. PERO EN DENUNCIAS DE RADAR DEBE EXISTIR UNA PRUBA QUE ES LA FOTO, POR LO QUE TE ACONSEJO QUE RECURRAS PIDIENDO LA FOTO Y TE LA MANDARÁN,Y SI EN ELLA SALE MÁS DE UN VEHÍCULO PUEDES RECURRIR COMO QUE EL RADAR NO PUEDE CAPTAR QUE AUTOMÓVIL ES EL QUE VIAJABA A LA VELOCIDAD PROHIBIDA Y PUEDE SER CUALQUIERA DE LOS DE LA FOTO, Y QUE SE VEA BIEN TU MATRÍCULA PARA SABER QUE ES TU COCHE, SI NO ES ASÍ ACABARÁS PAGANDO O TE EMBARGARÁN O LO PILLAN DE LA DECLARACIÓN SI ES A DEVOLVER....Y SI VA A TRÁFICO CON MÁS PROBABILIDAD, SI ES DE ORDENANZAS PUEDEN TENER MÁS PROBLEMAS, DE TODAS FORMAS HAY LEYES ADMINISTRATIVAS QUE REGULAN LOS EMBARGOS, COBROS DE CUENTAS Y DEMÁS PERO NO SÉ DECIRTE. tAMBIÉN DEBES SABER QUE EL RECURSO LE LLEGA AL AGENTE QUE TE HA DENUNCIADO ASÍ QUE ES DIFÍCIL QUE SE RETRACTE Y SÉ EDUCADO CLARO. PERO LO VEO MUY MAL, SI PAGAS LAS DENUNCIAS EN UN PLAZO QUE ESTÁ ESTIPULADO Y SUELEN SER LOS 10 PRIMEROS DÍAS DESPUÉS DE LA NOTIFICACIÓN TIENES UN 30% DE DESCUENTO POR SI TE QUIERES AHORRAR ALGO. OTRA COSA LAS DENUNCIAS LAS PUEDE REALIZAR CUALQUIER CIUDADANO ESO SÍ DEBE LLAMAR A UN AGENTE DECIRLE QUE QUIERE DENUNCIAR A REQUERIMIENTO, ÉSTE PEDIRÁ LOS DATOS PERSONALES QUE SE LES DEBEN DAR Y REALIZARÁ LA DENUNCIA QUE HA COMETIDO OTRO CONDUCTOR AUNQUE NO ESTÉ ALLÍ, PERO DEBE DEMOSTRARLO YA QUE NO TIENE PRESUNCIÓN DE VERACIDAD Y TIENE QUE HACERLO CON FOTOS, TESTIGOS, U OTRA PRUEBA, YA QUE LAS DENUNCIAS QUE VEN LOS AGENTES SON LLAMADAS "DE OFICIO" Y SE LES DA PRESUNCIÓN DE VERACIDAD, PERO SI NO VEN LA INFRACCIÓN NO SE LA VAN A CREER PORQUE SE LA CUENTE CUALQUIER CIUDADANO POR ESO EL ACEPTARLA PERO DEMOSTRARLA PARA MULTAR LUEGO.

CONSEJOS:

- NO CORRER CON EL COCE Y SOBRE TODO EN ZONAS DONDE NO SE VE EL FINAL DE LA VÍA, EN VÍAS URBANAS, YA QUE ALLÍ PONEN LOS RADARES Y LOS CONTROLES DE ALCOHOLEMIA PARA QUE NO TENGA UNO ESCAPATORIA POR OTRA VÍA, Y AL SER EN POBLADO SUELEN TENER LIMITACIÓN DE 50 KM/H Y GENERALMENTE SON CARRETERAS DE DOBLE SENTIDO DONDE SE CIRCULA A 90 Ó 100KM/H FACILMENTE Y TE CAZAN (TIENEN QUE HACER SUS PALOTES) EJEMPLOS: CASA DE CAMPO, HERRERA ORIA, AVENIDA DE LOS POBLADOS,....... ESTE TIPO DE VÍAS.

- EN LA M-40 HAY UN FORD MONDEO OSCURO CREO QUE LAS LETRAS DE MATRÍCULA SON YY DE LA G.CIVIL CON UN RADAR MÓVIL, NO CORRAIS MUCHO.

ESPERO NO HABER SIDO MUY PESADO, GRACIAS

UN SALUDO.

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