La normativa vigente, establece lo siguiente para dichos badenes:
Un paso elevado debe permitir circular sin problemas a la velocidad máxima permitida por la vía urbana, 20Km/h en Zona residencial y 40 ó 50 Km/h según la vía
Algunos Datos Técnicos sobre estos “inventos” que deberían cumplir según Fomento.
1º Dimensiones:
* Anchura del paso horizontal superior: de 2,50 a 4,00 metros.
* Altura: 10 centímetros (tolerancia +/-1 centímetro). La mayoría superan los 30cms
* Rampas: longitud mínima 2 metros (pendiente del 5%).
Hay muchas que no llegan ni al medio metro. Y las pendientes superan con creces el 40% (osea como si subiéramos o bajásemos bordillos de la acera)
2º Si la acera tiene una altura superior a 10 centímetros, se procederá a rebajarla en toda la longitud del paso . Se hace lo contrario, se sube el badén hasta la altura de la acera....
3º Las bandas pintadas se prolongarán 200 centímetros con una forma triangular sobre las rampas de acceso y salida. Se pueden contar con los dedos de la mano las que lo cumplen.....
4º Se pintarán dos bandas blancas de 40 centímetros de anchura, de forma transversal a la calzada, 20 centímetros antes del inicio de las rampas del paso. Se quedaron sin pintura, porque no hay quien las vea…
5º Señalización:
* Señal R-301 de limitación de velocidad.
* Señal P-15a de advertencia de resalto, incluyendo un letrero de definición, con el texto «PASO SOBREELEVADO».
La dirección General de Tráfico no responde ante esta problemática y pasa la Pelota al Ministerio de Fomento que es el responsable de crear una normativa reguladora, que aun está en el tintero.
Para variar, el que sufre la incomodidad es el de siempre. En el pueblo donde yo vivo no hay ningun chisme de estos que cumpla la normativa al pelo. Supongo que si cascas el coche en uno de estos, con la ley en la mano (y un abogado), el ayuntamiento pagará el pato, amos digo yo....
Saludos