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TSI 170

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Mensajes publicados por TSI 170

  1. Hola buenaas.

    A ver si hay aquí algun entendido que me pueda orientar si esta multa que me pusieron se puede recurrir con garantias de que me la retiren.

     

    El pasado 27 de noviembre me multó la Policia Local, mediante un boletín de la DGT, por llevar un escape no homologado.

     

    Hoy me ha llegado la notificación a casa... una carta de la DGT, el caso es que...

    la Policía Local puede multar con boletines de la DGT?

    Tiene la DGT competencia para gestionar multas en un casco urbano?? (Zaragoza)

     

    Mirad esta noticia.. que es la que me da esperanzas :risas:

     

    La DGT no podrá sancionar las infracciones cometidas en cascos urbanos

     

     

    24/09/2007 EFE

     

    El Juzgado de lo Contencioso administrativo de Madrid ha dictaminado que la Dirección General de Tráfico (DGT) no es competente para tramitar ni sancionar infracciones cometidas en los cascos urbanos de los municipios, como así ha hecho constar en una sentencia.

    De acuerdo con el fallo judicial, contra el que no cabe recurso ordinario de apelación, la DGT no tiene competencias para sancionar, como hizo, con una multa de 150 euros al dueño de un vehículo estacionado en una zona destinada al transporte público en la localidad madrileña de Guadarrama. No lo es, explica la resolución, porque "la competencia para la instrucción y sanción" del expediente por infracciones en vías urbanas corresponde a los municipios, según determina la ley, y la DGT sólo podrá actuar en vías interurbanas y travesías cuando no exista Policía Local.

    También cuando haya un convenio suscrito entre el Ayuntamiento y el Ministerio del Interior para realizar esta función porque el primero carezca de medios para realizarla. Éste no es el caso de Guadarrama, que dispone de policía municipal, argumenta, y, por tanto, su alcalde es el que debería firmar la sanción, que, por otro lado, "alegaba la inexistencia de infracción" ya que el vehículo estaba estacionado en una calle diferente a la que constaba en la denuncia y tampoco recogía los datos del agente.

    La sentencia admite así el recurso interpuesto por el demandante contra la resolución de la DGT al no ser conforme a derecho la resolución impugnada y "anulándola totalmente".

     

     

    Un Saludo.

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