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Saldo de puntos de tu carnet


eltorturator

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Si alguien que va conmigo en el coche no se pone el cinturon de seguridad, ¿me quitan los puntos a mi?:uhmm:

 

Tengo entendido que el conductor es el responsable de que los pasajeros se pongan el cinturon.

 

Creo que no, los puntos se lo quitarían al acompañanate, o sanción en cualquier caso, como hasta ahora, pero los puntos no se lo quitan al conductor.

 

Mira:

http://motor.terra.es/motor/articulo/html/mot31349.htm

 

au_r.gif Pregunta: ¿Si se lleva un acompañante sin carnet y va sin cinturón de seguridad, quién paga la multa? ¿Quitan puntos al conductor por llevar acompañantes sin cinturón aunque ellos tengan carnet?

CEA: Siempre paga la sanción la persona que no lleva el sistema de retención, en este caso el ocupante. El conductor no perderá puntos, salvo que tampoco lo lleve puesto.

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He leido una cosa interesante sobre este tema. Las aseguradoras querían poder saber nuestros puntos para "bonificar" a los buenos conductores, pero la Ley de Protección de Datos se lo impedió.

 

Lo que vienen ahora ya os lo imaginais claro, con este sistema, las aseguradoras sólo tienen que ir a la página de la DGT, meter el DNI y la fecha y ya pueden ver los puntos que tiene cada uno...

 

Saludos

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He leido una cosa interesante sobre este tema. Las aseguradoras querían poder saber nuestros puntos para "bonificar" a los buenos conductores, pero la Ley de Protección de Datos se lo impedió.

 

Lo que vienen ahora ya os lo imaginais claro, con este sistema, las aseguradoras sólo tienen que ir a la página de la DGT, meter el DNI y la fecha y ya pueden ver los puntos que tiene cada uno...

 

Saludos

Es cierto, el DNI es un dato público, igual que la fecha de expedición... Para que veais lo absurdo de la legalidad y justicia de este pais.

El problema está en querer hacer las cosas rápido en lugar de bien para que tengan un fuerte impacto mediático (operaciones salida-retorno) en lugar de una utilidad real...

 

Por cierto, según estadísticas oficiales, NO han bajado las muertes respecto al año pasado.

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La infracción es del acompañante. Multa y/o resta puntos al acompañante, no al conductor. En cambio, en una moto, si el pasajero no lleva casco de protección se resta puntos al conductor.

 

Pues esa misma pregunta se la hice a un policia local y me contesto ke la multa va y la perdida de puntos para el propietario del vehiculo ya ke el propietario es el responsable de su automovil :roll:

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Sácado de :

 

http://www.elpais.es/articulo/elpporesp/20060630elpepinac_20/Tes/Claves/carn%C3%A9/cambiar%C3%A1/forma/conducir

 

¿Qué pasa si llevo puesto el cinturón de seguridad pero mi acompañante no?

 

La sanción será para la persona que no lo lleve puesto, aunque esto no le restará puntos si no conduce en ese momento. Sin embargo, en el caso de que quienes no lleven el cinturón o los dispositivos especiales correspondientes sean menores, el conductor sería el responsable y la persona que debería ser sancionada, y sí se le restarían puntos.

 

:bien:

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Otras perlitas de la ley:

 

• ¿Qué pasa si no identifico al conductor de mi vehículo?

 

La multa económica por no identificar verazmente al conductor de un vehículo del cual se ostenta la titularidad puede llegar a los 1.500 euros, pero no resta puntos.

 

• ¿Y si el acompañante de una moto no lleva el casco?

 

El conductor de la motocicleta o ciclomotor es el responsable de que su acompañante viaje con casco puesto. En caso contrario, los puntos y la sanción se le cargará al conductor.

 

• ¿Conducir sin seguro resta puntos?

 

No. Según la ley que regula el carné por puntos, "las infracciones derivadas del incumplimiento de la obligación de asegurar los vehículos a motor y de presentación de la documentación acreditativa de la existencia del seguro obligatorio se regularán y sancionarán con arreglo a su legislación específica".

 

:bien:

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Pues esa misma pregunta se la hice a un policia local y me contesto ke la multa va y la perdida de puntos para el propietario del vehiculo ya ke el propietario es el responsable de su automovil :roll:

 

Me auto corrijo:oops:

 

• ¿Debo hacer algún trámite o cambiar el documento que tengo ahora? No. Mañana cada conductor tendrá asignado su saldo de puntos correspondiente. El trabajo ya lo ha hecho automáticamente el sistema informático de la Dirección General de Tráfico. El permiso de conducir físico seguirá siendo el mismo.

• ¿Cuántos puntos tengo? Los conductores con más de tres años de experiencia cuentan con 12 puntos y los noveles tendrán ocho, que se convertirán en 12 si no comenten ninguna infracción durante dos años.

• ¿Me retirarán los puntos en el momento de cometer la infracción? Los puntos sólo se descuentan cuando la sanción es firme en vía administrativa, no en el momento de la denuncia. Es decir, el descuento de los puntos se produce un mes después de la notificación de la infracción, o cuando se haya presentado recurso, en el momento que se notifique la resolución del recurso.

• ¿Quién me puede retirar los puntos? Las denuncias las realizan los policías municipales, los agentes de la Guardia Civil, los Mossos y la Ertzaintza. Pero los puntos los descuenta el sistema informático de la DGT tras recibir la comunicación de sanciones firmes por parte de las jefaturas de Tráfico, los ayuntamientos y las comunidades de Cataluña y el País Vasco.

• ¿Cualquier infracción que se cometa restará puntos? No todas. Sólo las infracciones graves o muy graves (ver gráfico); las infracciones leves conllevan el pago de hasta 90 euros, pero no restan puntos. Por ejemplo, es una infracción leve no señalizar correctamente una maniobra.

• ¿Además de quitarme puntos tendré que pagar la multa? El nuevo sistema no anula el anterior sistema de sanciones. La retirada de puntos se suma a la sanción económica. Y en el caso de sanciones graves puede ordenarse además la suspensión del derecho a conducir por un periodo de entre uno y tres meses; en el caso de las sanciones muy graves la suspensión se producirá en todos los casos por ese periodo de tiempo.

• ¿Me costará más mi seguro si pierdo puntos? Las compañías de seguros no tienen acceso a los datos del registro de infractores y no han previsto ajustar sus tarifas en función de los puntos que posea cada conductor. Sin embargo, sí se han sumergido en una batalla por ganar nuevos clientes y mantener los que ya tenían en cartera ofreciendo nuevos productos que cubren los gastos derivados de la pérdida del carné por acumulación de infracciones. Algunas cubren los gastos de desplazamiento del conductor cuando éste se ha visto privado del derecho a conducir y se hacen cargo de los gastos de los cursos de sensibilización.

• ¿Ganaré puntos si no cometo ninguna infracción? Aquellos que no pierdan ningún punto en tres años obtendrán dos puntos extra. Si además mantienen el saldo intacto en los tres años siguientes, obtendrán un punto más. Se podrá acumular un máximo de 15 puntos. Además, si ha perdido algún punto y no comete infracciones en dos años, volverá a obtener los 12 iniciales, salvo que se hayan perdido por infracciones muy graves. En ese caso deberá esperar tres años sin cometer infracciones para recuperar todo el saldo.

Para recuperar puntos también podrá asistir a un curso de recuperación, con el que logrará sumar hasta cuatro puntos, aunque sólo está permitido recurrir a este sistema una vez cada dos años. El curso tiene una duración de 12 horas y un coste de 170 euros. No es necesario examinarse posteriormente, la autoescuela a través de una aplicación informática comunica a Tráfico que se ha realizado la formación y automáticamente se cargan los puntos ganados.

• ¿Y si pierdo todos los puntos? Estará seis meses sin carné de conducir. Además, tendrá que hacer un curso obligatorio de 24 horas de duración que costará 320 euros, y que sólo podrá comenzar a partir del tercer mes de retirada del permiso. Los cursos tendrán una parte de formación general y otra de formación específica, en donde se incidirá en las infracciones que ha cometido la persona a la que se le ha retirado el carné. Después deberá realizar un examen en su Jefatura Provincial de Tráfico. Si lo pasa, recuperará ocho puntos.

• ¿Dónde estarán los centros de reeducación? Los cursos los impartirán profesores de formación vial que hayan superado un curso específico de 80 horas. Las clases tendrán lugar en 199 academias de toda España (más otras 14 en el País Vasco y 33 en Cataluña, al tener estas comunidades transferidas las competencias de tráfico). Se espera que a principios de 2007 todos los ciudadanos tengan un centro a unos 30 kilómetros de su domicilio como máximo.

• ¿Es posible perder todos los puntos en un solo día? Por regla general, sólo se pueden perder un máximo de ocho puntos en un día; sin embargo, las sanciones muy graves (ver gráfico) pueden provocar la pérdida de todo el saldo. Por ejemplo, si se circula con tasas de alcohol superiores al máximo permitido o se conduce en dirección contraria al sentido de la marcha.

• ¿Hay alguna excepción para los conductores profesionales? Sí. Cuando por las infracciones cometidas agoten todos los puntos, sólo deberán estar tres meses sin conducir, a diferencia del resto de conductores, que estarán seis. El curso obligatorio podrán tomarlo al mes y medio de haber perdido el carné, aunque el precio será el mismo, 320 euros. Además, podrán realizar los cursos para recuperar parcialmente los puntos una vez al año.

• ¿Qué se considera conductor profesional? A efectos de la ley que regula el nuevo permiso, se considera conductor profesional a toda persona, con la debida autorización administrativa, cuya actividad laboral sea la conducción de vehículos a motor dedicados al transporte de mercancías o personas.

• ¿Si tengo dos permisos tengo dos saldos? No. Cada conductor sólo posee un saldo, del que se irán descontando puntos independientemente de que la infracción sea cometida con un camión, una furgoneta, un coche o una moto. Cuando se agote el saldo, la suspensión del permiso impide por tanto circular en cualquiera de estos vehículos.

• ¿Las infracciones cometidas antes del 1 de julio restarán puntos? La ley que regula el permiso no tiene carácter retroactivo, por lo que las infracciones denunciadas antes del 1 de julio no conllevarán la pérdida de puntos.

• ¿Puedo recurrir la retirada de puntos? Una vez que la sanción es firme en vía administrativa, no es posible recurrir la retirada de puntos.

• ¿Si pago anticipadamente puedo recurrir la multa? El pago de la multa antes de 30 días supone el descuento del 30% de la sanción, la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a presentar alegaciones y la conclusión del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa. La sanción económica y la pérdida de puntos va siempre unida en las infracciones graves y muy graves, por lo que el pago supone también el descuento automático de puntos.

• ¿Qué pasa si no identifico al conductor de mi vehículo? La multa económica por no identificar verazmente al conductor de un vehículo del cual se ostenta la titularidad puede llegar a los 1.500 euros, pero no resta puntos.

• ¿Y si el acompañante de una moto no lleva el casco? El conductor de la motocicleta o ciclomotor es el responsable de que su acompañante viaje con casco puesto. En caso contrario, los puntos y la sanción se le cargará al conductor.

• ¿Se pierden puntos por aparcar mal o en doble fila? Mientras conduzca por ciudad, en un solo caso: cuando pare o estacione en los carriles destinados para el transporte público, lo que le restará dos puntos. No perderá puntos por aparcar en doble fila o encima de una acera dentro de casco urbano, aunque sí recibirá por ello una sanción económica. La ley sí contempla la pérdida de dos puntos cuando en carreteras se pare o estacione "en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o los peatones en los términos que se determinen reglamentariamente".

• ¿Conducir sin seguro resta puntos? No. Según la ley que regula el carné por puntos, "las infracciones derivadas del incumplimiento de la obligación de asegurar los vehículos a motor y de presentación de la documentación acreditativa de la existencia del seguro obligatorio se regularán y sancionarán con arreglo a su legislación específica".

• ¿Qué pasa si llevo puesto el cinturón de seguridad pero mi acompañante no? La sanción será para la persona que no lo lleve puesto, aunque esto no le restará puntos si no conduce en ese momento. Sin embargo, en el caso de que quienes no lleven el cinturón o los dispositivos especiales correspondientes sean menores, el conductor sería el responsable y la persona que debería ser sancionada, y sí se le restarían puntos.

• Estoy conduciendo por Francia y cometo una infracción. ¿Me resta puntos en mi carné? No. A pesar de que Francia cuenta con un sistema muy similar al que ahora se pone en marcha en España, las infracciones cometidas en el extranjero no computarán en el permiso español. De igual modo, a un conductor con permiso expedido en otro país que cometa una infracción en España no se le podrá aplicar la pérdida de puntos.

• El próximo mes me caduca mi permiso de conducir. Cuando lo renueve, ¿empezaré de nuevo con 12 puntos? No. Las renovaciones de permisos de conducir no afectan al crédito personal del conductor. Si, por ejemplo, tenía seis puntos antes de renovarlo, tendrá el mismo saldo después.

• ¿Qué tipo de conductores se verán más afectados por este nuevo carné? Sobre todo, los infractores reincidentes. Aquellos que acumulan sanciones y que no les sirve para mejorar sus hábitos al volante. También los que realicen infracciones graves. Tráfico calcula que el primer año se quedarán sin permiso unos 6.000 conductores.

• ¿Qué resultados se han obtenido en otros países? En general, muy buenos. Países de nuestro entorno como Francia, Italia y Alemania lograron reducir la mortalidad en la carretera hasta un 30% tras la implantación. Luego ese efecto se desaceleró algo. En Italia, el uso del cinturón ha aumentado hasta un 40%. Luis Montoro, el director del Instituto Universitario de Tráfico y Seguridad Vial (Intras), que ha sido el organismo encargado de la elaboración de los cursos, está convencido de que bajarán los muertos en carretera. Según los cálculos del Intras, la reducción será entre el 5% y el 6% anual.

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• ¿Y si el acompañante de una moto no lleva el casco?

 

El conductor de la motocicleta o ciclomotor es el responsable de que su acompañante viaje con casco puesto. En caso contrario, los puntos y la sanción se le cargará al conductor.

 

 

Esto está muy bien pensado. Ahora, además de ir mirando constantemente el velocímetro para no pasarnos de una determinada rallita, tendremos que ir girándonos cada cierto tiempo para verificar que el/la colega de atrás no se haya quitado el casco, lo que aumenta clarísimamente nuestra seguridad y la de los demás.

 

:claps::claps::claps:

 

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Esto está muy bien pensado. Ahora, además de ir mirando constantemente el velocímetro para no pasarnos de una determinada rallita, tendremos que ir girándonos cada cierto tiempo para verificar que el/la colega de atrás no se haya quitado el casco, lo que aumenta clarísimamente nuestra seguridad y la de los demás.

 

:claps::claps::claps:

 

 

Cuando llevas a alguien de paquete es porque tienes confianza en él/ella, porque si es una persona que no sabe comportarse te la puede armar a la mínima.

 

Aparte que sería absurdo ver a alguien en moto con el propio casco bajo el brazo, no sé... el ejemplo de esa situación no lo veo muy realista.

 

Si queremos que el Estado nos trate como personas maduras y responsables no debemos plantearnos como ejemplo situaciones circenses, digo yo.

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Pues lo oí en la tele,pero además es una de las pocas cosas con sentido que han dicho,por que uno borracho en la moto o se cae o tira a los dos.

 

:bien:

Sí, y en cun coche, o aprieta el freno de mano, o le pega un volantazo al conductor o mil cosas más, bueno, supongo que da más dinero que el borracho coja su propio coche... Si empezamos así... En fin, sin palabras.

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