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Cinturón de seguridad también en autocares


David

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De cara a la seguridad vial y por si en algún momento dejamos aparcado el Golf y optamos por el transporte colectivo, aquí os dejo una noticia interesante:

 

EUROPA PRESS

BRUSELAS.- El uso del cinturón de seguridad en todos los asientos de cualquier tipo de vehículo que lo tenga instalado es obligatorio en toda la UE a partir de hoy (09/05/2006), al entrar en vigor una directiva comunitaria más rigurosa en cuanto la utilización de estos dispositivos de seguridad y que pretende extender su uso a autocares y camiones e incrementar las medidas de prevención, particularmente para niños y adolescentes.

 

La Comisión Europea recordó que el 9 de mayo es la fecha en la que todos los Estados miembros tendrán que empezar a aplicar una nueva normativa que amplía la obligatoriedad del uso del cinturón, ya que en la actualidad sólo los pasajeros de vehículos de menos de 3,5 toneladas tienen que utilizarlo en la parte de atrás.

 

Así, la obligación se extiende a todos los vehículos de más nueve plazas -donde se incluyen autocares o minibuses- y los vehículos comerciales en los que hasta ahora no era obligatorio el cinturón de seguridad en la parte de atrás, y que a partir de ahora tendrán que utilizarlo sólo en los casos en que estén equipados con ellos.

 

La norma que entra en vigencia se refiere solamente a aquellos vehículos que ya tienen instalados cinturones de seguridad y extenderá la obligación de utilizarlos también a aquellos pasajeros que no viajen en el asiento del conductor o del copiloto y será aplicable a todas las categorías de vehículos y en todos los asientos que estén equipados.

 

Por lo que respecta a la obligación para que los fabricantes de automóviles incluyan la instalación de estos equipamientos, fuentes de la Comisión Europea indican que por el momento sólo tienen obligación de incluirlos en los coches y vehículos similares, como todoterrenos o monovolúmenes.

 

La UE tiene previsto ampliar estas condiciones por medio de las disposiciones de una directiva que tendrán que transponer todos los Estados miembros como muy tarde el 20 de octubre de 2007. Entonces, los cinturones de seguridad también serán obligatorios en monovolúmenes de más de nueve plazas, minibuses, autocares de turismo y camionetas por debajo de 3,5 toneladas y camiones que sobrepasen este peso.

 

Por el contrario, quedarán exentos de esta obligación los autobuses urbanos y los interurbanos, donde el equipamiento con cinturones de seguridad será opcional.

 

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