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David

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Mensajes publicados por David

  1. Hombre!!!!!Cuanto tiempo compañero!!!!!!

     

    Yo lo he probado, en serio, y en el GTI a 80 constante si consume menos , unos 5 litros, pero un repechito o algo, o meto 5ª (consumo de 10-12) o el consumo se dispara (25-30), y eso con el tempomat. Es mas, el tempomat en el GTI no sale "rentable" por asi decirlo, hasta a partir de 120 en 6ª.

     

    Y en el Megane guarripecih, a 80 no puedo ir en 6ª directamente, el coche va a 1000rpm.

     

    Un Saludo,

    Volvemos a casa por navidad :mrgreen:

     

    Es lógico que en un repecho el consumo suba, eso va a pasar en 6ª, 5ª ó 3ª; y para eso están precisamente las marchas, para que el motor no se quede ahogado.

     

    Para ir a 80 km/h un coche de 6 velocidades debe ir en 5ª, pero por ir en esa velocidad no significa que el consumo sea mayor, aunque las rpm sean las mismas que a mayor velocidad en una marcha más larga.

     

    Tenemos todos en mente que el consumo lo marcan las rpm, y eso es así en muchas situaciones, pero lo único que es 100% fiable para medir un consumo es que cuanto más bajemos el pie en el acelerador, mayor es el consumo. Y a 80 km/h en 5ª no se aprieta el acelerador como a 120 km/h en 6ª.

     

    Saludos.

  2. Lo de 80 en autovia es otra cosa...Los del TDI de 140, 170 y GTI...no vamos a poder meter 6ª...porque a parte a 80 el coche consume mas en cuanto necesites pisarle, si vas en 5ª el coche consume mas, por lo que contamina mas...

    ¿Qué tal Luis? Lo del consumo habría que estudiarlo, porque no hace mucho tuve que hacer una prueba y los resultados no eran así.

     

    Te cuento, yo suelo ir muy tranquilo por autopistas, normalmente a 120/130 km/h, en sexta velocidad, y con un consumo medio de 6.5-6.4 l/100km.

     

    Hace unas semanas tuve que ir detrás de un familiar que iba con un remolque, así que hicimos un trayecto por autopista (la que uso ahora a diario para ir a trabajar), a unos 80 km/h. Como es lógico no iba en 6ª sino en 5ª, aunque el coche iba a las mismas revoluciones que cuando voy en sexta a 120 (3000 rpm aprox).

     

    Pues me dió por mirar el consumo de ese trayecto y en vez de ser el 6.5 habitual (el FSI es como un reloj para eso), era de 5.8 litros.

     

    Os animo a que un día probéis a ver si os salen unos resultados parecidos, en proporción con el gasto habitual de vuestro coche ;)

     

    Saludos!

  3. si pasan mas de 2 meses sin notificarla y que tu firmes que las has recibido no te la pueden clavar.

    Cuidado, porque no es así exactamente.

     

    Si al ir a presentar una notificación en un domicilio no se encuentra nadie allí, se vuelve a repetir otro intento a otra hora diferente en los 3 días siguientes.

     

    Si sigue sin poder lograrse la notificación, entonces ésta se hará a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento, del BOE o del boletin de la provincia, en función que sea una sanción en zona urbana, en carretera o en carreteras de CC.AA. con competencias de Tráfico transferidas.

     

    Aquí viene toda la legislación sobre eso. Saludos!!

  4. Madre mía, si lo mío era sólo un post de aviso por si alguien me escribía o necesitaba algo, y si me descuido me sacáis la lagrimilla :oops:

     

    Muchas gracias a todos por vuestros buenos deseos, yo sólo espero a mi vuelta seguir encontrando gente tan cojonuda como a la que aquí dejo.

     

    Abrazos.

     

    P.D: Robert, sabes que te sigo debiendo algo, así que no dudes en preparar la historia de la canarinha.

     

    P.D2: Julio claro que sí, seguro que habrá vecinos con un wifi generoso :mrgreen:

  5. Pues sólo eso, a partir de mediados de mes por motivos laborales, me exilio una buena temporada a tierras más secas, y sin conexión a internet.

     

    Dejo aquí este mensaje por si alguien quiere contar conmigo para cualquier cosa o me escribe un m.p., que no se sorprenda si hasta navidades no hay respuesta.

     

    Cuidaos mucho todos, un saludo.

  6. Pero es que volvemos a lo mismo, yo para preparar una oposición en 2005 tuve que sacar el BTP y el de moto, hasta ahí todo bien, pero me cago en el **** BTP (que aunque lo saqué a la primera) lleva tela, o mejor dicho, llevaba tela, y digo esto puesto que ahora con solo estudiarte un librito de reglamentación y haciendo un examen de 16 preguntas te lo dan. Por eso creo que los que no tuvieron la suerte de nacer antes pues tienen que aguantarse como nos hemos aguantado los demás.

    Pues si no estás utilizando el BTP ya verás que alegría te llevas cuando toque pasar por caja en el psicotécnico de la renovación.

  7. Serán :bronca::bronca::bronca::bronca:

     

    Hay que tener jeta, nos roban y aun por encima tienen la cara de pillarse un palacio:shock:, esta noticia tiene que ser broma por que si no.....:golpe:

     

    -:((

    No sé si será broma o no, pero lo que no es broma es que esos sinverguenzas, sin venir a cuento, se llevan una ganancia cuando yo compro un cd para grabar las fotos que hice durante las vacaciones.

  8. La cuestión en estos casos, aunque ya nos salimos un poco del tema, es que las leyes al fin y al cabo deberían corresponderse con el sentir del ciudadano.

     

    Siguiendo el ejemplo bien aplicado del ensañamiento, si eso lo expones en una cultura en la que se respete enormemente a los muertos, quizás el legislador debería crear alguna figura agravante por faltarle a la memoria de la víctima (por llamarlo de alguna forma), al darle 80 navajazos aunque ya hubiese fallecido anteriormente.

     

    Hasta cierto punto es bueno que los legisladores escuchen el sentir de los ciudadanos, aunque por otro lado esto no es la justicia anglosajona, aquí el juez no tiene margen para interpretar y evidentemente no puede penar algo que no existe como delito.

     

    Todos nos podemos equivocar, pero el sistema judicial es demasiado complejo como para criticarlo "alegremente", en eso tienes toda la razón.

     

    Saludos.

  9. Yo también sé que tú lo sabías:mrgreen:, probablemente mejor que yo, pero es que luego a los que no están metidos en el "mundo" se les confunde con una facilidad...

     

    Me imagino que se confundió, pero esa confusión es la leche! Para empezar, por la posibilidad de reincidencia, como bien sabes.

     

    Lo que quería decir es que es muy fácil criticar al juez, diciendo que hay un quebrantamiento de condena -que no es tal- y que es evidentemente un delito de conducción temeraria. Joer, que esto parece "salsa rosa", un poco de rigor.

    Si un juez, que es el especialista en derecho penal dice que no es delito, para criticar su decisión (que todo es criticable) habrá que tener fundamento y razonar las cosas. Y saber un poco del tema.

     

    s2

    Ya me imaginaba que tú sabías que yo sabía lo que ambos sabíamos :lol: pero seguro que tú sabes mucho más de esto que yo.

     

    La verdad es que mucha gente se lía con estos conceptos, por una parte lógico con la cantidad de conceptos que hay: que si falta administrativa, falta penal, sanción administrativa, multa penal, retirada administrativa, retirada judicial... que si los puntos, que si la cárcel.

     

    De hecho sé de gente que quebrantó condena de retiradas de permiso (alcoholemia) pensando que era por sanción administrativa y como mucho le vendría otra multa, y después se llevó la sorpresa.

     

    Incluso una amiga mía, que a día de hoy es picoleta para más inri, hace 5 años tuvo un juicio de faltas por conducir sin seguro (de cuando estaba contemplado), y tiempo después hablando conmigo estaba empeñada en que eso era una sanción administrativa, como es ahora.

  10. A ver, se suspende la vía administrativa hasta que se resuelve en vía penal. No hay delito, pues se va a vía administrativa, en donde se le sancionará.

     

    Si incumple la sanción administrativa, habrá otra, pero de eso a quebrantamiento de condena...

    El quebrantamiento sólo cabe cuando la condena se imponga judicialmente, y por tanto, anteriormente a los hechos, porque si no, no habría quebrantado nada.

     

    Por eso pido un poco de rigor, porque eso es afirmar cosas a lo loco.

    Ya ya, si sé como funciona... non bis in idem. :P

     

    Quería decir que él igual había leído eso y lo había entendido como que tenía la retirada por vía penal.

  11. Para saber algo de derecho (por cómo hablas), te veo, con todos mis respetos, con poca prudencia.

    No estaba privada del derecho a conducir vehículos a motor, no dice eso en ninguna noticia. No había sido condenado por nada!

    Creo que se refiere a la noticia que puse sobre el tío de la Pola, aunque de todas formas creo que la retirada que tenía ese hombre era por vía administrativa.

  12. Y si la culpa fue del coche con el q chocó el q iba a 150? Porque pudo cruzársele, por ejemplo.

    Pero piensa Quique que dentro de ciudad tienes muchísimas más posibilidades de controlar bien el coche ante cualquier imprevisto típico, si vas a una velocidad urbana normal que si vas a 150 km/h.

  13. Ambas ruedas van debajo de la alfombra, pero el hueco que pierdes es porque el suelo del maletero va bastante más alto si metes la rueda grande.

     

    Si vas a meter sólo un par de maletas no pasa nada, pero si vas más equipado olvídate de poder amontonar las cosas.

     

    Evidentemente todo va en función de las necesidades.

  14. Para los que anden haciendo tramos nada de cárcel, habría que aplicarles garrote vil directamente.

     

    Por la zona donde la noticia esa que publiqué antes, me encontré una vez por la noche dos coches subiendo picados. Me tuve que tirar a un apartadero que por suerte había a un lado, y por metro y pico que no me salí despeñado 50 metros.

     

    El que se piense que es Fombona, si quiere competir que apoquine, se saque una licencia y se vaya a correr tramos profesionales, pero en carretera abierta no.

  15. Hoy tenemos una noticia sobre un caso similar ocurrido aquí:

     

    El Juzgado de lo penal número 1 de Oviedo ha absuelto al sierense sorprendido en junio dos veces en dos minutos cuando circulaba a más de cien kilómetros por hora por encima del límite permitido en la carretera de La Carrera (Siero), según confirmaron fuentes jurídicas. En la sentencia, que aún no ha sido notificada oficialmente, el juez considera que el joven no cometió ningún delito, pese a su elevada velocidad -que él mismo reconoció- y frente a la postura del fiscal, que pedía para él seis meses de cárcel y dos años de retirada del carné de conducir.

     

    No obstante, y a pesar de la absolución, el conductor deberá rendir cuentas por lo sucedido, aunque tras cerrarse la vía penal deberá hacerlo por la administrativa, ante la Dirección General de Tráfico (DGT). Según fuentes de la Guardia Civil, el joven, de 27 años, será sancionado con una multa de 1.040 euros y la retirada del carné durante tres meses.

     

    El Juzgado da así la razón al abogado de la defensa, Luis Olay Pichel, que reclamó la libre absolución del joven argumentando que el actual Código Penal no condena el exceso de velocidad «de forma aislada», sino que tiene que ir acompañado de otros factores. Según refleja ahora la ley, añadió, no basta con conducir con una temeridad manifiesta, sino que es necesario que a esta circunstancia se sume, además, el hecho de poner en peligro la vida y la integridad de otras personas. Y esto, según el abogado, no sucedió, porque durante su trayecto A. N. L., que dio negativo en las pruebas de alcoholemia, no se cruzó con ningún otro coche o peatón. Esta situación se modificará en los próximos meses, una vez que entre en vigor la reforma del Código Penal, que incorpora la posibilidad de que la conducción temeraria se produzca sin poner «en concreto peligro» la vida o la integridad de nadie y, por lo tanto, se pene por sí sola. En estos supuestos prevé penas de uno a dos años de prisión y multa de seis a doce meses.

     

    A. N. L. fue «cazado» cuando circulaba con su coche en la N- 634, a la altura de La Carrera (Siero), en dirección a la Pola, a una velocidad de 178 kilómetros por hora. El límite fijado en ese tramo -con viviendas a ambos lados, semáforos de advertencia del exceso de velocidad y paradas de autobús- es de 50. El coche siguió hasta una rotonda próxima, la entrada principal a la Pola, y realizó un giro de 360 grados para volver sobre sus pasos por la misma carretera. Sólo pasaron dos minutos hasta que volvió a pasar por el mismo lugar en el que acababa de sorprenderlo el radar, que volvió a fotografiarlo en el mismo punto, pero en sentido Oviedo. Esta vez transitaba a 146 kilómetros por hora.

     

    El joven fue detectado gracias al dispositivo especial montado con motivo de la Subida a Muncó para interceptar posibles carreras ilegales de coches. En el momento en que A. N. L. fue detenido formalmente por la Guardia Civil (días después de la infracción) conducía una furgoneta sin carné, ya que la Dirección General de Tráfico le había retirado el permiso el 1 de junio, hasta el 30, por alcoholemia.

  16. Mi duda era más que nada si con este sistema te quedabas sin el carnet viejo mientras esperabas el correo, porque además voy a estar una temporada viviendo fuera e igual tendré que tirar de la sábana rosa hasta que caduque del todo (aunque mejor eso que los carnets provisionales).

     

    Aparte preferiría que me llegase antes de irme, pero bueno con mes y medio espero tener margen bastante.

     

    Gracias a todos :bien:

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