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Pequenio

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Todo lo publicado por Pequenio

  1. el importe de la multa sera de 301 hasta 1500 euros ademas de la retirada en todo caso del permiso de conducir de 1 A 3 MESES,eso si no hay retiada de puntos ya que no pueden demostrar quien iba conduciendo) si te dijeron eso los de la Mutua no tienen ni **** idea
  2. Pequenio

    Nueva forera

    felicidades, espero que no os de mucha guerra por las noches ;-)
  3. jajaja eso es un tongo como la copa de un pino!!! lo que inventa la gente tio
  4. Yo lo que creo es que si no identificas al conductor te comes tu la sancion (que es una sancion MUY GRAVE), no se quitan puntos por no identificar al conductor, pero la sancion no es solo economica, ya que hay suspension del permiso de conducir por un tiempo, aqui un pequeño resumen de lo que dice la Ley: (...)Artículo 65. Cuadro general de infracciones. (Redactado conforme a la Ley 17/2005) (...) 5. Son infracciones muy graves, cuando no sean constitutivas de delito, las siguientes conductas: a) La conducción por las vías objeto de esta Ley habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las que reglamentariamente se establezcan, y, en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y cualquier otra sustancia de efectos análogos. b) Incumplir la obligación de todos los conductores de vehículos de someterse a las pruebas que se establezcan para detección de posibles intoxicaciones de alcohol, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias análogas, y la de los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación. c) Sobrepasar en más de un 50 por ciento la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar, al menos, en 30 km por hora dicho límite máximo. d) La conducción manifiestamente temeraria. e) La ocupación excesiva del vehículo que suponga aumentar en un 50 por ciento el número de plazas autorizadas, excluida la del conductor con excepción de los autobuses de líneas urbanas e interurbanas. f) La circulación en sentido contrario al establecido. g) Las competiciones y carreras no autorizadas entre vehículos. h) El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre. i) El incumplimiento por el titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido la infracción de la obligación de identificar verazmente al conductor responsable de dicha infracción, cuando sean debidamente requeridos para ello y no exista causa justificada que lo impida. j) La conducción de un vehículo sin ser titular de la autorización administrativa correspondiente. k) Circular con un vehículo no matriculado o careciendo de las autorizaciones administrativas correspondientes, o que éstas carezcan de validez por no cumplir los requisitos exigidos reglamentariamente. l) Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas que afecten gravemente a la seguridad vial, establecidas reglamentariamente. m) Incumplir las normas, reglamentariamente establecidas, sobre el régimen de autorización y funcionamiento de los centros de enseñanza y formación, sobre conocimientos y técnicas necesarios para la conducción. n) Incumplir las normas, reglamentariamente establecidas, sobre el régimen de autorización y funcionamiento de los centros de reconocimiento de conductores. ñ) Incumplir las normas, reglamentariamente establecidas, que regulan las actividades industriales que afectan de manera directa a la seguridad vial. o) Circular por autopistas o autovías con vehículos expresamente prohibidos para ello. p) Circular en posición paralela con vehículos prohibidos expresamente para ello por esta Ley. (...)Artículo 67. Sanciones. (Redactado conforme a la Ley 17/2005) 1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 90 euros; las graves, con multa de 91 a 300 euros; y las muy graves, de 301 a 600 euros. En el caso de infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de infracciones muy graves se impondrá, en todo caso, la sanción de suspensión por el tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses, todo ello sin perjuicio de las excepciones que se establecen en este artículo.(...) 2. Las infracciones muy graves previstas en los párrafos i), j), k), l), m), n) y ñ) del artículo 65.5 podrán ser sancionadas con multa de 301 hasta 1.500 euros.(...) 4. La realización de actividades correspondientes a las distintas autorizaciones durante el tiempo de suspensión de éstas llevará aparejada una nueva suspensión por un año al cometerse el primer quebrantamiento, y de dos años si se produjese un segundo o sucesivos quebrantamientos. ANEXO II Infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos (Añadido por la Ley 17/2005) El titular de un permiso o licencia de conducción que sea sancionado en firme en vía administrativa por la comisión de alguna de las infracciones que a continuación se relacionan perderá el número de puntos que, para cada una de ellas, se señalan a continuación: 1. Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida: Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l) .......................................... 6 Valores mg/l aire espirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l) ...... 4 2. Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos ...................... 6 3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos ................................................................. 6 Puntos 4. Conducir de forma manifiestamente temeraria, circular en sentido contrario al establecido o conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas ........................ 6 5. Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido ............................................................ 4 6. Sobrepasar en más de un 50 por ciento la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar al menos en 30 kilómetros por hora dicho límite máximo ................ 6 7. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre ......................................... 6 8. Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos ................. 4 9. Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello ............ 4 10. Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación ............................... 4 11. Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios de la vía ............................................ 4 12. Exceder los límites de velocidad establecidos: En más de 40 km/h salvo que esté incurso en lo indicado en el apartado 6 ..................... 4 En más de 30 km/h hasta 40 km/h ........... 3 En más de 20 km/h hasta 30 km/h ........... 2 13. Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, y en los semáforos con la luz roja encendida . ......................... 4 14. Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o en circunstancias de visibilidad reducida ....................... 4 15. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas .. .............................. 4 16. Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente ....................................................... 3 17. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías ................................. 4 18. Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va a ser adelantado .............................................. 4 19. No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación .............................. 4 20. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede ................. 3 21. Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, auriculares o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción en los términos que se determinen reglamentariamente .............................................................. 3 22. Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o los peatones en los términos que se determinen reglamentariamente ........................................ 2 23. Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano ...... 2 24. Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como la utilización de mecanismos de detección de radares .................................. 2 25. Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido reglamentariamente ........................... 2 26. Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección o dispositivos de seguridad, en los casos y condiciones que se determinen reglamentariamente.......................................... 3 27. Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores con las excepciones que se determinen reglamentariamente ........................................ 2» Perdon por el tocho, si queres ver la ley enterita aqui teneis el enlace: http://www.permisoporpuntos.es/es/docs/PPP_ley.pdf
  5. me gusta, pero no para usarlo todos los dias, es decir, creo que es una estupenda opcion como segundo coche, un coche para dvertirte los fines de semana, meterte con el a un circuito, etc... pero no lo veo para ir al trabajo, para hacer un viaje con la familia ni ese tipo de cosas del dia a dia. Eso si bonito... es bonito el jodio
  6. Pequenio

    Me ayudais a ser...?

    Yo soy siempre partidario de que mejor un coche nuevo, aunque sea un poco "menos exclusivo"
  7. yo le pondria xenon tb... el descuento segun el precio del post de KeKah son unos 2000 euros, que es el descuentonormal que te suelen hacer en Vw sobre precio de tarifa al comprar el coche nuevo. Yo miraria este km0 pero tb miraria por uanto me saldria nuevo (en otro conce distinto) y luego valoras y decides 8-)
  8. la verdad que ahi la han cagado con este cochazo
  9. Un pepinaco, yo tb lo he visto en persona y el naranja queda mucho mejor en directo
  10. Joder.... pues va a ser tres cosas: 1ª Coche con matricula no española 2ª Caco-Garrulo con coche robao o con placas falsas ( en este caso no creo que haya llegado muy lejos con el bmw) 3ª Nos estas vacilando un ratillo... ;-)
  11. Pequenio

    207 Gt

    Cuando se le empiecen a pelar el "cuero" del volante y el cambio, cuando el clima no tenga termino medio entre frio extremo y calor sahariano, cuando un dia des el pisoton al motor hdi y el turbo entre en modo de emergencia (sin turbo vamos) cuando se le caiga el boton de volumen de la radio, falle el gancho que sujeta el apoya brazos... ese dia os dareis cuenta que no es oro todo lo que reluce...
  12. Pequenio

    exceso de velocidad

    respuesta correcta :bien:
  13. Pues si el del taller se da una piña con tu coche no te va a cubrir el seguro de su taller... salvo que diga que lo tenia en el como coche de reparacion (cosa que seria lo normal), lo mejor ve tu al lado con el (asi de paso controlas que hace y que deja de hacer al coche) y sobre todo un consejo importante, el coche lo llevas lo ve y te lo llevas, no dejes el coche solo en el taller, por si acaso, ya sabes...
  14. Si hay posibilidad de gastar pasta, para mi gusto, el mejor neumatico Michelin. Pero si lo que se busca es Bueno, Bonito y Barato, mejor otras marcas
  15. que hijos de p***, suerte estaremos al tanto
  16. Pequenio

    ¿¿Jugamos??

    Yo he aprobado con un 78%... alguien da mas??
  17. Pues venga a ver quien aprueba este examen virtual de conducir, practico ehh, se trata de aparcar lo mejor posible, y sin sensor de parking... El coche se maneja con as flechas de direccon y cuando se este contento con como ha quedao el coche estacionado pulsais Space. http://go-red.co.uk/game/cargame_v8_red.swf :bien:
  18. Pequenio

    dudas..

    Yo no tengo uno, hablo un poco de oidas, pero supongo que si le haces muchos km por autopista (a ritmos legales...) sera facil mantelerlo en 8 o 9 litros a los 100, y creo que de ahi para arriba hasta unos 10 o 12 de media yendo alegre, y metiendole por ciudad Repito que no tengo uno, y que hablo de oidas...... ;-)
  19. Pequenio

    Luces todo el dia

    S la gente encendiera ls luces cuando hay que encenderlas, podeis encontrar los supuestos en el Reglamento general de Circulacion, no habria problemas. Lo que pasa es que la gente entra a un tunel y aunque tenga 3 km, no las enciende, joder si hay alguno que hacen el tunel tb con las gafas de sol puestas!!... pero claro claro estamos en el pais en el que si no usamos los intermitentes, vamos a encender las luces con lo que gasta ... :-(
  20. Jejeje si esta claro que tiene que haber diferencia entre un 115 cv y un 200cv.. si no te saco yanto es pq no iria a tope supongo, o a lo mejor es que tu esperabas que te sacase muuucho mas ( mas de lo que en verdad es) y por eso te dio la impresion de que andaba poco. Respecto a lo que el GTI anda menos que un S3 pues hay no hablo pq no he pillao nunca un S3, pero supongo que aunque de motor el S3 sea "mejor" en principio, supongo que en cuanto a rigidez, comportamiento y demas se notara que es un modelo antiguo, y eso tb influye a la hora de conducir. Y lo del R32 pues pa eso tiene 50 cv mas y es igual de "moderno" que el GTI aunque en ciertas mediciones van muy parejos:uhmm: Un saludo :bien:
  21. Tu historia me ha recordado a un gato que tenia y que antes de zamparse al raton jugaba con él dejando que se escapara y cazandole de nuevo.
  22. el Ayto debe hacerse cargo de la factura, el valor lo dictaminara un perito, no el alcalde, asi que que lo vea el perito de tu seguro, que lo arreglen y que luego se las apañen con el Ayto.
  23. Dtorreci el Ferrari no es pa´tanto, yo tenia un 612 de esos antes y lo he cambiao por un GT
  24. A veces se gana y otras se pierde, don´t worry ;-)
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